IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del estado de Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Ser COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial
SEGUNDO: INADMISIBLE, el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano ELIOT GABRIEL ESCALANTE RAMIREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 12.686.013, de profesión Psicólogo, domiciliado en la Avenida Virgen del Valle, Residencias Porlamar, Municipio Maneiro, Estado Nueva Esparta, asistido en este acto por el abogado NORBERTO ALEXANDER MARTINEZ LUCENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.174.499 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 206.957, contra la Universidad Nacional Abierta.
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