VISTOS Y ANALIZADOS LOS ANTERIORES PARTICULARES, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: De conformidad con el contenido de los artículos 363 y 364 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se Decreta el Archivo Judicial de las presentes actuaciones, instruidas en contra del Ciudadano Cruz Evelio López López y en consecuencia, el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva De Libertad, dictada en su contra, en fecha diecisiete (17) de junio de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 242, numeral 9º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en su Deber de Comparecer a los llamados del Tribunal, decretándose de igual manera, el cese de la condición de imputado, que pesa actua.....