DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DEL NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano SANDRO MARIA GRILLINI, plenamente identificado en autos, asistido en este acto por la profesional del derecho MIRELBA MANZANO, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 88.191, en contra del auto de fecha 30 de Julio de 2014, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en el expediente nomenclatura OP02-J-2014-001051. En consecuencia, se anula la referida decisión por las razones esgrimidas en el extens.....