En nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción incoada por BENILDE DE JESUS MARTINEZ DE LUIS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.8.387.676 contra el ciudadano PEDRO VALBUENA GOMEZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta y titular de la cédula de identidad No. 81.109.373.
SEGUNDO: CON LUGAR la reconvención propuesta por el ciudadano PEDRO VALBUENA GOMEZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta y titular de la cédula de identidad No. 81.109.373 contra la ciudadana BENILDE DE JESUS MARTINEZ DE LUIS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.8.387.676. En consecuencia se declara la nulidad del contrato de arrendamiento de fecha 07 de noviembre de 2006 entre los ciudadanos BENILDE DE JESUS MARTINEZ DE LUIS y ANDRES NIETO USHINA.....