III
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Tribunal unipersonal, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos, único: absuelve al ciudadano José Antonio Pacheco, venezolano, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, titular de la cédula de identidad nro. 12.675.317, nacido en fecha 06-08-74, de 30 años de edad, residenciado en la calle Ruíz Pineda, sector Bella Vista, cerca de la bodega de Cándido Sánchez, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, de la comisión del delito de robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. Se decreta la inmediata libertad del acusado José Antonio Pacheco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que sea borrado el registro que pudiera tener el ciudadano José Antonio Pachec.....