DECISIÓN
Este Tribunal Primero de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA DE LOS CIUDADANOS PEDRO MARÍA DÍAZ MORILLO y RONNEL ALEXANDER LÓPEZ ALIENDRES, identificados en esta decisión, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 278 del Código Penal, por no estar acreditado en los autos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, DEBIENDO EL FISCAL CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN POR LA VÍA ORDINARIA, a fin de asegurar los objetos pasivos y activos del hecho, a través de las vías legales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 280 y 281 ejusdem. Se declara válido el procedimiento efectuado por los funcionarios de Inepol, el cual se encuentra ajustado al artículo 44 ordinal 1° de la Constitución y SE NIEGA LA SOLICITUD DE DEVOLU.....