V.-DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:----------------------------------------------------------------------------------------------
Primero: CON LUGAR la demanda que por nulidad absoluta de documento, interpuso la sociedad mercantil COMERCIAL GARDEN C. A., en contra de los ciudadanos ESTEBAN VELÁSQUEZ ALFONZO, NEGAL CILIBERTO y ENRIQUE URBANO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.427.301, V-1.714.254 y, V-2.940.216, respectivamente, y de este domicilio.-------------------------------------------------------------
SEGUNDO: NULO el contrato de compra venta celebrado entre la sociedad mercantil COMERCIAL GARDEN C. A., representada por el ciudadano.....