Se negó la suspención de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en dicho juicio, mediante fianza ofrecida, por cuanto la demanda persigue la invalidez e inexistencia jurídicas de una partición, es decir, la nulidad absoluta de la misma y la recupereción de los inmuebles objeto de la división, o sea, que no tiene por objeto cobrar cantidades de dinero, sin opor el contrario, la recuperación de los mismos bienes que persigue con la demanda, lo cual constituye el objeto de la pretensión.