DISPOSITIVA
En base a lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley sobre Sustancias, Estupefaciente y Psicotrópicas y artículos 278 Y 411 del código penal a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3 y en el numeral 8 del articulo 48 y 108 numeral 7, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el literal ¿d¿ del articulo 561 y 615 de la Ley Orgánica par la Protección del Niño y del adolescente. Líbrense oficios y Notifíquese a las partes.
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