DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de Septiembre de 2015, por los Abogados LUÍS TENEUD FIGUERA y YAJAIRA RODRÍGUEZ ORTEGA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado, bajo los Nros. 2.725 y 63.612, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, los ciudadanos ANA TEODORA DEL CARMEN GIL DE BOSCAN, CARMEN ESTEFANA LISTA GIL, DOMINGO ANTONIO LISTA GIL Y CRICEIDA DEL CARMEN CABRERA DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.825.837, 4.654.165, 8.380.744 y V-4.045.677, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 21 de Septiembre 2015, por este Juzgado Agrario por no contener las razones de he.....