Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación y solicitud de decreto de Nulidad Absoluta de actuaciones, interpuesto por el Abogado Cruz Edgardo Velásquez Reyes, a favor de sus defendidos Oswaldo Enrique Fuentes Pérez y Juan Antonio Quilarque López, ya identificados. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Control de Primera Instancia en lo Penal, de fecha 27 de junio de 2009, que decretó Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los imputados Oswaldo Enrique Fuentes Pérez y Juan Antonio Quilarque López, ya identificados, por la presunta comisión del delito Homicidio Intencional Frustrado en grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el artículo 406 en relación con los artículos 80 y 82 todos del Código Penal.....