y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RAUL EUGENIO VALDIVIESO, Ecuatoriano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-81.757.447 y ROSIBAL DEL VALLE CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-11.855.534, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído en fecha 18-10-1990, por ante la Prefectura del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, En la Asunción, a los Treinta (30) días del mes de Marzo del 2007.- Años 196º de la Independencia y 148º de la Federación.
Juez Unipersonal Nº 1 (SE)
Dra. Eudy Díaz Díaz
El Secretario Temporal
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