En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO, incoada por la ciudadana LOURDES CONCEPCION BOADAS HERNANDEZ, contra la ciudadana YURMYS DEL VALLE SEGUERA, supra identificadas.
SEGUNDO: Sin lugar la devolución del inmueble arrendado.
TERCERO: Sin lugar el pago de las cantidades de dinero demandadas. CUARTO: Se condena en costas a la ciudadana, LOURDES CONCEPCION BOADAS HERNANDEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil