Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana MARIA NELLY VELASCO CHAVEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-6.464.254, asistida por la abogada Francis Rodríguez Villarroel, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 115.818 contra el ciudadano RODOLFO ALEJANDRO GARCIA OBREGON, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-8.683.546 representado por el Defensor Ad-Litem Abg. Jhon Cueto, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 104.959 con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído po.....