DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Oposición formulada, por el ciudadano LUIS ALBERTO GARCIA BONALDE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.024.951, contra la Medida de Embargo Preventivo decretada este Juzgado en fecha 12-07-2011 y ejecutada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 21 de Julio del año 2011, sobre bienes muebles pertenecientes a dicho ciudadano.
SEGUNDO: Se levanta y se deja sin efecto la Medida de Embargo Preventivo, decretada este Juzgado en fecha 12-07-2011, y se ordena la restitución inmediata de los bienes muebles embargados al ciudadano LUIS ALBERTO GARCIA B.....