En consecuencia, este Tribunal de Primera en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: CONMUTA el resto de la pena que le queda por cumplir al penado ORLANDO JOSE ANDRADE ARRIOJA, por CONFINAMIENTO, fijando su residencia en la dirección indicada, por un lapso que durará desde la presente fecha, hasta el día 27 DE MARZO DE 2005, fecha en la cual cumple la totalidad de la pena principal impuesta, y a partir de dicha fecha hasta el día 09 DE OCTUBRE DE 2005, fecha del cumplimiento de las penas accesorias, deberá presentarse ante la Prefectura del Municipio correspondiente a la entidad donde residirá, con la periodicidad que determine la primera Autoridad Civil, la cual no podrá exceder de una vez por día ni menos de una vez por semana, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 13, Ordinal 3°, en concordancia co.....