En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR La solicitud de conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, realizada por los ciudadanos MARISOL BETSABE MOGOLLON RAMIREZ y JUAN CARLOS GARCIA D´ LIMA, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 11.493.363 y V- 9.694.919, respectivamente.----------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 24-08-2007, por ante el Registro Civil de la parroquia Amenodoro Rangel Lamus del Municipio Cárdenas, estado Táchira, según consta en el acta de matrimonio identificada con el.....