que este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, NIEGA el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio KAMIL SALMEN, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Entidad de Trabajo CORPORACIÓN HEMTEX, C.A., por ser EXTEMPORÁNEA.