por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Revisión y Ajuste de Obligación Alimentaria incoada por la Ciudadana DAMELYS MARCANO, venezolana, de mayor edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-8.395.921; debidamente asistida por la Dra. DALIA CARRILLO PRATO, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.496.704 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.901, Fiscal Sexto del Ministerio Público Especializado en la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en contra del Ciudadano ARJADYS RAFAEL JIMENEZ HERNANDEZ, Abogado, venezolano, de mayor edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.391.617, en beneficio de de sus hijos, los hermanos (omitido conforme a la ley), mayores de edad los dos primeros y adolescente el último. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Jueza profesional Nº 2, atendiendo a lo expresado en el Artículo.....