En el presente caso, se infiere que la parte actora aspira que se le declare propietaria del inmueble ubicado en la calle El Vigía, casa N° 16-93, diagonal al Estadio Francisco Fajardo (CANTV), sector El Poblado, Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, el cual tiene una superficie aproximada de CIENTO SESENTA Y CINCO METROS CON NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS (165,90 mts2), así como de la bienhechuria construida sobre dicho terreno, sin embargo, de los recaudos aportados no consta que se haya consignado la copia certificada del documento de propiedad del referido inmueble ni menos aún la respectiva certificación de propiedad en la cual conste el nombre, apellido y domicilio de las personas que aparezcan como propietarias o titulares de cualquier derecho real sobre el mismo, en consecuencia, éste Tribunal en aplicación de los artículos 690 y 691 del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE la presente demanda por no cumplirse con los presupuestos necesarios pa.....