En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos GUSTAVO ALFREDO DELGADO AMATE y SORAYA HELENA ALVAREZ LINGSTUYL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.774.457 y V-16.011.217 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, contraído en fecha 20-09-2002, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta.