Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, interpuesta por los ciudadanos JULIO CESAR FERNÁNDEZ GONZÁLEZ y DORIS ALEJANDRA RODRÍGUEZ ARISMENDI, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 16.930.857 y 17.897.729, respectivamente. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo matrimonial contraído en fecha catorce (14) de octubre de 2005 ante la Prefectura de la Parroquia Matasiete del Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, que unía a los ciudadanos JULIO CESAR FERNÁNDEZ GONZÁLEZ y DORIS ALEJANDRA RODRÍGUEZ ARISMENDI, plenamente identificados ut supra. SEG.....