Así mismo, se observa que el penado fue condenado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio numero 3, a cumplir la pena de TRES MESES DE ARRESTO, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el art. 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ADELFINA MARÍA MARÍN, en fecha 29 de Septiembre del 2009, y se decretó su libertad inmediata por haber estado privado de libertad durante el tiempo antes indicado, de 2 años, 5 meses y 14 días, habiendo excedido con creces el tiempo de la condena.
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial penal del Estado Nueva Esparta, declara CUMPLIMIENTO DE PENA Y EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor de JUAN CARLOS MARIN CARREÑO, titular de la cedula de identidad numero 13.192.896, de conformidad con el art. 105 del Código penal y 479, ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrense los correspondientes oficios y remíta.....