Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta sede en la ciudad de Asunción, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En relación a la calificación del Procedimiento, se acuerda decretar el PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo dispuesto en los artículos 551 al 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide., SEGUNDO: En cuanto a la solicitud de la representante del Ministerio Público y a la cual se ha adherido la defensa se acuerda la Libertad Plena del adolescente, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 540 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.