esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 472 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO incoado por la Abogada Angélica Pérez en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Público a requerimiento de la ciudadana NORYI BORUSKA MARQUEZ PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-20.699.533, contra el ciudadano ROBERT MARTIN MARRERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-14.840.953, dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, remítase este Asunto al Archivo para su custodia y cuido. Cúmplase.