Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Inhibición planteada por el abogado MANUEL ENRIQUE GUILLEN COVA, Juez de Primero de Primera Instancia, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. Por tal razón, el Juez sustituto continuara conociendo del proceso penal en cuestión, a tenor de lo previsto en el artículo 94 Ejusdem.
Regístrese, publíquese, notifíquese y dialícese. Déjese copia de la presente decisión. Remítase el presente cuaderno de incidencias en su oportunidad al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.