esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en dicha norma, considera: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO que por solicitud de Divorcio conforme a lo dispuesto en el articulo 185-A del Código Civil incoara la ciudadana DAMELIS MARGARITA BRITO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 14.124.762, asistida del abogado en ejercicio CARLOS GODOY FRONTADO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 161.383, y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha, a tenor de lo establecido en el articulo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a.....