Con base en los razonamientos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Se Autoriza al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a los fines de que asista hasta la sede del liceo Francisco de Miranda, ubicado en la población de Los Bagres, a los fines de realizar la labor social en un total de 40 horas, requisito legal para obtener su titulo de bachiller, labor que realizara los días miércoles en el liceo en horario de 8:00am a 12:00m, hasta el 30 de Abril de año en curso. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.