Por todos los fundamentos precedentes, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes Pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, la Apelación interpuesta por el querellante, fundamentado en el Artículo 447 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal
SEGUNDO: ANULA LA DECISIÓN de fecha dieciocho (18) de junio del 2004, emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, la cual declara desistida la querella interpuesta por Vicente Rafael Romero Adrián, contra el querellado Adrián Antonio Conquista Martínez, todo de conformidad con el artículo 411, ordinal 4°, 416, segundo y tercer aparte, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, al amparo del artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión de las .....