este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por la ciudadana KARINA ALEJANDRA ROJAS VASQUEZ, antes identificada, contra EL AUTO DICTADO por el Inspector del Trabajo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta en el expediente No 047-2015-01-00468, de fecha 23 de marzo de 2015, mediante el cual el referido despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 425 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras "NO ADMITE" la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, incoada por la ciudadana KARINA ALEJANDRA ROJAS VASQUEZ contra la entidad de trabajo TIERRA NUESTRA VIAJES Y TURISMO, C.A.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EL AUTO DICTADO por el Inspector del Trabajo del Estado Bolivariano de Nueva Esparta en el expe.....