En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por la ciudadana JHAIRIT PAOLA CASTILLO MILANO, en contra de la firma de comercio V.I.P. BOUTIQUE, C.A.
SEGUNDO: Como consecuencia de la decisión se ordena la parte demandada la entrega de manera inmediata a la parte actora en el mismo buen estado en que recibió el local comercial identificado con el nro. 05 ubicado en el Centro Comercial Da Pepino Jr., situado en la ave3nida 4 de mayo con calle Fermín de la ciudad de Porlamar Municipio Mariño de este Estado, con un área de SETECIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (778,44 mts2), con la siguiente distribu.....