III. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Sexto de Municipio ordinario y Ejecutor de medidas de los municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos ALEXIS JOSE MARIN ALFONZO y ALEJANDRA DEL VALLE AMUNDARAY ALGUACA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V- 12.929.277 y V- 11.855.598, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el en fecha 19 de Julio del 1993, por ante la prefectura del Municipio García del estado Nueva Esparta, según consta en copia certificada del acta de matrimonio, inserta bajo el N.....