Esta Corte de Apelaciones declara: PRIMERO: SE ADMITE el recurso de apelación de auto, interpuesto por el Abg. ALEXANDER CASTELIN, defensor del imputado WILMER ANTONIO GARCÍA ZAMBRANO; contra la decisión dictada en la Audiencia de Presentación y Calificación de Procedimiento, de fecha 15 de diciembre de 2015 y fundamentada en esa misma fecha, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control, mediante la cual el prenombrado órgano Jurisdiccional decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Así mismo como consecuencia de la admisión del presente Recurso este Tribunal Superior, resolverá sobre la procedencia de la cuestión planteada, dentro del lapso previsto del artículo 442 en su tercer párrafo del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.