Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara,  PRIMERO:  PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIANELA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular  de  la  cédula  de  identidad Nº V- 7.872.590 contra  la  entidad de trabajo OPERADORA GREEN MART 2012 C.A., inscrita ante la Oficina de Registro de información Fiscal (RIF) Nº J.–40095808-3, todos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo OPERADORA GREEN MART 2012 C.A., pagar a la actora ciudadana MARIANELA COLINA, antes identificada, la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS DÓLARES AMERICANOS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS  ($1.623,25) ), que a los fines establecidos en el artículo 128 de la Ley Orgánica del Banco Central de Venezuela, equivalen a SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE BÓLI.....