En el presente caso, observa el Tribunal que para el día 23.05.2016, fecha en que fue interpuesta la demanda, se encontraba en vigencia la referida Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, para acceder a casación se exige una cuantía que exceda las 3.000 unidades tributarias, la cual para ese año era de ciento setenta y siete bolívares (Bs. 177) por unidad tributaria; en este asunto se observa que la demanda fue estimada en la suma de SETECIENTOS OCHO MIL BOLÍVARES (BS. 708.000,00), lo cual revela que la cuantía señalada por la parte actora en libelo de la demanda, equivale a la cantidad de CUATRO MIL UNIDADES TRIBUTARIAS (4.000,00 UT), monto éste que –conforme a lo señalado- permite el acceso al conocimiento de la Sala de Casación Civil del Máximo Tribunal, y es por tal motivo que este Juzgado ADMITE dicho recurso de casación; en consecuencia remítanse las presentes actuaciones a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que ese h.....