Por todas las consideraciones antes expuestas, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA RECUSACIÓN, interpuesta en contra de la Dra. AVILAMAR ÁLVAREZ RIVAS, Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, para el momento de la presente incidencia, en razón de que existen motivos que imposibiliten desempeñar sus funciones, con la necesaria imparcialidad en el Proceso, en consecuencia, se pasa las Actas Procesales contentivas del asunto penal al juez sustituto para que continué conociendo del proceso, de conformidad con el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ORDENA la remisión de las actuaciones a la Inspectoría General de Tribunales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a los fines de que, de resultar procedente, inicie la investi.....