En virtud de todo los razonamientos expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal de Control Nº 01 de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida contra Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, , por la presunta comisión de un hecho punible contra la Propiedad de conformidad con lo establecido en él articulo 561Literal "d" de La Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y del Adolescente, en concordancia con el citado artículo 615 de la Aducida Ley Especial, concatenados con el ordinal 1° del artículos 300 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por mandato expreso del artículo 537 de la le y que rige la materia . Regístrese, Diarícese, Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 111, ordinal 7, y 300 del Código Orgáni.....