En consecuencia, vistos los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, y tomando en consideración que la niña en cuestión, se encuentra bajo la responsabilidad y cuidados de los ciudadanos Jesús Javier Rodríguez Ordaz y su esposa Yoselin Del Valle Ordaz de Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº V-17.417.429 y V-17.653.015 respectivamente, desde los dos meses de nacida, verificándose el consentimiento para la adopción de los padres biológicos de la niña, y a fin de poder garantizarle su derecho a vivir, ser criada y desarrollarse en el seno de una familia de manera permanente de conformidad con la Ley, es por lo que esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en uso de sus atribuciones de Ley, considera procedente Declarar la ADOPTABILIDAD LEGAL de la niña de auto, nacida en fecha 24.08.2007, actualmente de (10) años de edad; con base al Informe Integral de A.....