Por todos los fundamentos antes expuestos esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes Pronunciamientos:
PRIMERO: CONFIRMA la sentencia de fecha 23 de mayo del 2003, emitido por el Tribunal Mixto de Primera Instancia en Funciones de Juicio No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, por medio del cual declaró culpable y condenó al ciudadano JOSÉ ANTONIO CESPEDES CARDENAS, Ut supra identificado, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL conforme al contenido del Artículo 407 del Código Penal Vigente y en consecuencia lo condena a cumplir la pena de quince (15) años de presidio. Así mismo, lo condena a las penas accesorias previstas en el artículo 13 Eiusdem, es decir, la Interdicción Civil, la Inhabilitación Política durante el tiempo de la pena y la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad .....