Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Dra. FRANMILYS DIAZ RODRIGUEZ, en su carácter de Jueza del Tribunal PRIMERO de Primera Instancia de Juicio de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, contra los ciudadanos JOSE AUGUSTO GUERRERO CAMARGO y GRACIELA MERCEDES PIEVE DE GUERRERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.500.781 y 8.915.306 respectivamente, de conformidad con lo establecido en los Artículos 31 ordinal 3, 32, 34 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los Artículos 84 y 88 del Código de Procedimiento Civil, aplicados por remisión expresa del artículo 452 de la Ley Orgá.....