En vista de lo precedentemente señalado, éste Tribunal le imparte la homologación al desistimiento de las pruebas de informes promovidas por la abogada AUDREY BENIGNA CEDEÑO SOLANO, en su carácter de PRESIDENTA del INSTITUTO EDUCACIONAL NUEVA ESPARTA, en todas y cada una de sus partes, tal y como en efecto lo hará en forma expresa en la parte dispositiva de esta decisión. Y así se decide.
Bajo los anteriores señalamientos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se homologa el desistimiento de las referidas pruebas de informes promovidas en el escrito de promoción de pruebas de fecha 31.05.2022 y consignado su original en fecha 06.06.2022 efectuado por la abogada AUDREY BENIGNA CEDEÑO SOLANO, en su carácter de PRESIDENTA del INSTITUTO EDUCACIONAL NUEVA ESPARTA, en todas y cada una de s.....