... este Tribunal, vista la renuncia efectuada por la abogada LUIMARY CAMPOS, como defensora ad-lítem, de la parte demandada, se acepta la misma y en consecuencia, se ordena, Primero: La designación de un nuevo defensor ad-lítem, de los demandados sociedad mercantil MARGARITA VIENTO Y AGUA, C.A., y las compañías SKULLLE HÍLLSUN PROPERTIES LIMITED y BEACH VIEW PALACE, C.A., plenamente identificados, y Segundo: Se ordena la suspensión del tramite del presente juicio desde el día siguiente a que constó en autos la renuncia al cargo de defensora ad-lítem de la parte demandada a cargo de la abogada LUIMARY CAMPOS, y el mismo será reanudado una vez conste en autos la juramentado el nuevo defensor ad-lítem, que resguarde los derechos constitucionales de la parte demandada ya mencionada. ASÍ SE ESTABLECE.