En la audiencia preliminar de la causa seguida por la Fiscalía  del Ministerio Público  del Estado Nueva Esparta contra De los  ciudadanos BELQUIS COROMOTO GONZALEZ, y JEAN CARLOS LEON, celebrada  por  la comisión del delito DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado el  articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previo el cumplimiento de las formalidades legales, se admitió la acusación presentada por el representante de la Fiscalía del Ministerio Público, por otra parte, el  defensor manifestó, que sus defendidos  no desean  acogerse a ninguna de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, por cuanto son   inocentes del  delito que le imputa la representación fiscal, solicitando de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, la no admisión de la exhibición de los objetos incautados, como lo son las tijeras, rollo de hilo de color dorado, dinero y.....