Con la fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 Seccion Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se declara culpable a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por los hechos imputados por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico, por ser responsable de la comisión del delito de ROBO GENERICO previsto en el articulo 455 del Código penal Vigente .SEGUNDO: Sanciona al adolescente IDENTIDAD OMITIDA con la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de NUEVE (9) MESES , consistente en que el adolescente deberá estudiar, además de las que le señale el tribunal en funciones de ejecución debiendo consignar constancia que acredite el cumplimiento de las misma por ante ese tribunal en funciones de ejecución , ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Ad.....