"En consecuencia, cumplidos como han sido los extremos previstos en nuestro ordenamiento jurídico, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el literal "a" del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo previsto en el artículo 515 ejusdem, ordena:
PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana KATIUSKA ELENA HERNANDEZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad número 13.980.710, madre de los niños Identidad omitida de conformidad con lo establecido en al LOPNNA, nacidos en fecha 02.02.2008 y 18.09.2011, asistida de la abogada CRUZ YASMINA SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el número 27.846,. Asi se establece.
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