este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUÍS EMILIO BONILLO PASTRANO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.422.145, contra la entidad de trabajo CONSORCIO JAF, C.A, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena a la entidad de trabajo CONSORCIO JAF, C.A., pagar al demandante ciudadano, LUÍS EMILIO BONILLO PASTRANO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.422.145, la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CATORCE CÉNTIMOS (BS. 1.990.495,14), más lo que resulte de los intereses de mora e indexación y el bono de alimentación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la demandada CONSORCIO.....