Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, encontrándose presente el ciudadano Neris Alfredo Marcano, titular de la cédula de identidad número 4.495.917, parte demandada, a quien se le notificó de la misión del tribunal, previa explicación del exhorto. La parte actora, con la debida asistencia jurídica, expone: Solicito respetuosamente del Tribunal se me designe depositario del inmueble a secuestrar, tal como está facultado por el tribunal comitente, se declare secuestrado el inmueble antes descrito y visto que existen bienes propiedad del demandado en el interior del inmueble, solicito igualmente se nombre depositario necesario para los mismos. Este Tribunal vista la exposición de la parte actora, acuerda de conformidad con el ordinal 7° del artículo 599 del Código de procedimiento Civil, se nombra depositario judicial del inmueble a secuestrar al ciudadano ORLAN JOSE VALERY NUÑEZ, titular de la cédula de identidad número 3.799.061, quien estando presente aceptó el cargo y prestó e.....