Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas. Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Se Decreta el ARCHIVO JUDICIAL en la presente Causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA,; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el articulo 453 numeral 3 y 4 del Código Penal Vigente; de conformidad con el artículo 314, en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal "...Si vencidos los plazos que le hubieren sido fijados, el Fiscal del Ministerio Público no presentare acusación ni solicitare sobreseimiento de la Causa, el juez o jueza decretará el archivo de las actuaciones, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, y la condición de imputado. La investigación solo podrá ser reabierta cuando surj.....