este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la conversión en Divorcio de la Solicitud de Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos EDITH MIREYA MILA BARRECHIS y JOSE BELDA PLANAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 23.867.156 y Nº 2.114.819 respectivamente, en consecuencia queda Disuelto el Vinculo Matrimonial que los une, en virtud del matrimonio civil contraído por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 27 de Enero del año 2.011, según consta del acta de Matrimonio correspondiente al año 2.011, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el artículo 765 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.
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