IV.-DISPOSITIVA.
Bajo las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, DECLARA las anteriores actuaciones como TÍTULO SUFICIENTE para asegurar la condición como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FRANCISCO JOSE MARCANO LOPEZ, quien falleciera el 01-08-2024 falleció ab-Intestato en la Calle Nº 06, casa Nº 24, Guayacancito, Municipio Península de Macanao del estado Bolivariano de Nueva Esparta, según se evidencia en el Acta de Defunción Nº 74, Folio 74 y su Vto., Año 2024, suscrita y certificada por el Registrador Civil del Municipio Tubores del estado Bolivariano de Nueva Esparta, de fecha 17-10-2024 y que cursa al folio 05 de este expediente a su esposa LEIVA FELICIA VASQUEZ DE MARCANO y sus hijos ciudadanos FRANCELYS MARIA MARCANO VASQUEZ FRANCISCO ANTONIO MARCANO VASQUEZ y SULEI.....